📋 Novedad – En vigor desde nov. 2025

Nueva ayuda económica para enfermedades priónicas

La Ley 3/2024 de Atención a las Personas con ELA y el Real Decreto 969/2025 (en vigor desde el 18 de noviembre de 2025) reconocen expresamente las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (enfermedades priónicas) como patologías con derecho a una prestación económica urgente de Grado III+.

⚡ Importante: Empieza el proceso CUANTO ANTES

Las ayudas económicas han de solicitarse en el marco de un procedimiento de dependencia que debe iniciarse al tiempo de solicitar que se apliquen las mejoras previstas para las enfermedades priónicas.

No esperes al diagnóstico definitivo. La solicitud puede presentarse desde la sospecha clínica. El tiempo corre desde que se inicia el trámite.

3
meses máximo para resolución
(vs. 6 meses habitual)
4.930€
mínimo garantizado
al mes
9.859€
máximo posible
al mes

✅ ¿Quién tiene derecho?

Las enfermedades priónicas cumplen desde las fases iniciales los 4 criterios de la ley:

  • Diagnóstico de enfermedad neurodegenerativa de origen genético, esporádico o adquirido
  • Carácter progresivo e irreversible
  • Afectación grave de las funciones motrices, cognitivas o del lenguaje
  • Progresión muy rápida que obligue a acelerar los procedimientos administrativos de la valoración de discapacidad y dependencia

📋 Cómo solicitarlo – 3 pasos

  1. El médico rellena el Anexo IIInforme médico de valoración (el neurólogo o el médico de cabecera). Descárgalo más abajo y llévaselo a la consulta.
    ⏱ El médico tiene 1 mes para cumplimentarlo
  2. Tú (o un representante) presentas el Anexo IIISolicitud oficial ante los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma, adjuntando el Anexo II del médico.
    ⏱ Inicia el trámite cuanto antes
  3. La administración resuelve en 3 mesesEl plazo máximo de resolución es de 3 meses (frente a los 6 meses del proceso ordinario de dependencia).
    ⏱ Máximo 3 meses para la resolución

📥 Formularios para descargar e imprimir

Anexo II – Informe médico de valoraciónPara que lo cumplimente tu médico (neurólogo o médico de cabecera)

⬇ Descargar Anexo II

Anexo III – Solicitud del paciente o representantePara presentar en los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma

⬇ Descargar Anexo III

🏛️ Ayudas ELA gestionadas por las Comunidades Autónomas

Algunas Comunidades Autónomas han aprobado nuevas ayudas a las personas afectadas por la ELA y otros procesos neurodegenerativos de alta complejidad y curso irreversible, entre los que se encuentran las enfermedades priónicas.

Son ayudas en régimen de subvención que se gestionan mediante un pago único, a tanto alzado, y cuya cuantía varía según la Comunidad Autónoma.

Han de tramitarse a través de un procedimiento paralelo al reconocimiento del grado de dependencia, que requiere la justificación de la concurrencia de los requisitos establecidos en la normativa estatal mediante firma, por parte del profesional médico responsable (generalmente neurólogo o neuróloga), de informe y cuestionario establecidos ad hoc.

La documentación necesaria, el procedimiento a seguir y las cuantías de las ayudas están publicadas en la página web de la Consejería que resulte competente según la Comunidad Autónoma de que se trate.

Comunidades Autónomas que han aprobado estas ayudas

¿Necesitas ayuda con la tramitación?

Cada Comunidad Autónoma tiene sus particularidades. Para más información sobre cómo tramitar estas ayudas, puedes escribir a rgtprionicas@gmail.com (Raquel Gamero Telo).

¿Tienes dudas o necesitas ayuda para gestionar la solicitud?

📧 Escríbenos a rgtprionicas@gmail.com o a comunicacion@fundacionprionicas.org

Ley 3/2024 de 22 de febrero • Real Decreto 969/2025 • En vigor desde el 18 de noviembre de 2025